El 23 de septiembre de 2015 el presidente de
Colombia, Dr. Juan Manuel Santos y el máximo líder de la guerrilla de las FARC
Rodrigo Londoño Echeverri, alias Timochenko, se reunieron en La Habana, Cuba,
en el marco de las negociaciones de paz que se adelantan en esa ciudad desde el
19 de noviembre de 2012. El resultado de esta reunión es el compromiso de
firmar un acuerdo de paz a más tardar el 23 de marzo de 2016. Después de dicha
firma las FARC tendrán 60 días para iniciar la deposición de armas.
Uno de los puntos más difíciles de acordar fue
la manera en que se juzgaran los crímenes cometidos en medio del conflicto por
integrantes de esta guerrilla. Es bien sabido que en Colombia hay grupos de
ciudadanos y líderes de opinión que consideran estas negociaciones de paz como
una estrategia de los guerrilleros para evitar castigo por los crímenes
cometidos durante la guerra. Esta es una forma de impunidad intolerable para
estos ciudadanos. Ellos demandan del Gobierno Santos un castigo ejemplar para
los guerrilleros y una reparación a las víctimas por los danos causados.
Infortunadamente, toda negociación exige ceder
en algunos puntos a cada una de las partes. Los analistas dicen, y creemos que
tienen razón, que los líderes guerrilleros no se sentarían a una mesa de
dialogo si el desenlace prometido es una larga condena en las cárceles
colombianas o eventualmente verse incursos en procesos de extradición. Pues bien, con eso en mente tendremos que
admitir que los castigos que reciban los guerrilleros estarán por debajo de las
aspiraciones de las víctimas directas, esto es, los colombianos que han perdido
familiares y propiedad en medio del conflicto. Esos castigos no tan rigurosos
como querríamos son parte del precio que debemos pagar, como nación, para
recuperar la paz que perdimos hace décadas.
Por su parte las FARC tendrán que abandonar sus
aspiraciones al poder por la vía de las armas y aunque podrán participar en la dirección
del Estado por medio de los mecanismos democráticos que provee la constitución colombiana, ya no será
posible crear el Estado que alguna vez se propusieron construir. Deben, además,
someterse a la decisión del pueblo colombiano a la hora de iniciar campañas políticas
para hacerse elegir en los diferentes cargos públicos del Estado.
El juzgamiento de los crímenes será adelantado
por un Tribunal especial de justicia transicional (es decir un Tribunal de
Arbitramento) cuyas decisiones, ambas partes se obligan a cumplir. En este
caso, por tratarse de un asunto de Estado y sin precedentes, dicho Tribunal
debe ser creado con ocasión de la firma de este acuerdo de paz.
Como vimos en nuestro curso, el arbitraje
(Nociones introductorias de Caivano), fue desarrollado con un enfoque claro
hacia el derecho comercial y a dirimir conflictos en que las partes tienen
relaciones más profundas y de mayor alcance que el asunto que se pretende
resolver mediante la figura de arbitramento. Visto así, se trata de una medida estratégica
para proteger una relación entre dos agentes en el largo plazo, que puede verse
amenazada por la aparición de un conflicto coyuntural. Podemos generalizar un
poco este concepto para cubrir asuntos no relacionados con asuntos mercantiles.
En el caso del conflicto interno colombiano, el Gobierno y la guerrilla de las
FARC han aplicado este método de solución de conflictos al ponerse de acuerdo acerca de quien actuara
como juez para garantizar que haya castigo a los crímenes de lesa humanidad y
la sociedad civil pueda aceptar este acuerdo sin la sensación de impunidad.
Puede ser este el camino más inteligente que podemos seguir como sociedad para
alcanzar la anhelada paz.